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Proyecto de declaración aprobado por el Consejo Superior en contra de la intervención del Servicio Penitenciario Federal al programa UBA XXII y al Centro Unversitario de Devoto.
Al Sr. Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación
A la opinión pública
Desde hace veinticinco años, y en el marco de un convenio con el Ministerio de Justicia, la Universidad de Buenos Aires lleva adelante el Programa UBA XXII por el cual condenados y procesados pueden cursar estudios y carreras que se brindan en esta Universidad. En su larga trayectoria, el programa ha contribuido a humanizar los ámbitos de encierro y garantizar el ejercicio pleno del derecho a la educación de quienes sufren la privación de la libertad, y se ha convertido en una referencia indiscutida sobre este tipo de proyectos a nivel nacional e internacional.
El normal desarrollo de las actividades del programa, especialmente en el Centro Universitario de Devoto (CUD), está siendo seriamente obstaculizado. Una serie de hechos ocurridos desde mediados de septiembre de 2010, en los que se alega que uno de los internos se encuentra involucrado en presuntos delitos, condujeron al Servicio Penitenciario Federal (SPF) a llevar a cabo acciones que suponen un claro avance institucional sobre el Programa. Inconsultamente el SPF suspendió actividades universitarias, desplazó otras fuera de la órbita del CUD, desarmó pabellones de estudiantes, trasladó presos estudiantes a otras unidades penales, realizó un allanamiento asistido con fuerzas de seguridad en horario de clase y en presencia de un docente -sometiéndolo a una seria situación de tensión-, secuestró computadoras que son patrimonio de la Universidad -produciéndose incluso el faltante de un equipo nuevo en dicha maniobra-, impidió el acceso a docentes, entre otras cuestiones de gravedad.
La Universidad de Buenos Aires no obstaculiza al funcionamiento de la Justicia, y respeta las normas de seguridad establecidas por el régimen penitenciario. Sin embargo, aun en el medio carcelario, la investigación sobre la comisión de delitos supone respetar tanto el debido proceso como el marco de autonomía universitaria fijado por la Constitución Nacional para las universidades nacionales.
La tarea de la Universidad en la cárcel es enseñar, volver real el derecho a la educación, formar personas con pensamiento crítico, aportar al desarrollo del conocimiento en distintas áreas científicas, y acercar sujetos marginados a prácticas de ciudadanía que integren y hagan valer su condición humana.
Entre los estudiantes del Programa UBA XXII el índice de reincidencia es notoriamente menor que en el resto de la comunidad carcelaria. Esto es atribuible al ámbito de libertad del que los internos gozan en las instalaciones destinadas al CUD y de la educación que esta casa de estudios les proporciona. El proceso de resocialización es complejo y excede los límites de la enseñanza universitaria, aunque esta es un factor importante en ese contexto.
La seguridad en las cárceles es responsabilidad del SPF. La educación universitaria en las cárceles es responsabilidad de la Universidad.
A la fecha, el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos no ha dado ninguna explicación ni respuesta a los planteos hechos por la UBA sobre esta situación, y está incumpliendo la normativa vigente sobre educación en cárceles y los convenios existentes. Las acciones emprendidas en el CUD son un ataque injustificado a la Universidad de Buenos Aires. Reclamamos enérgicamente a las autoridades competentes el retorno a las condiciones anteriores y el restablecimiento de todas las actividades desarrolladas en dicho espacio.
Ciudad de Buenos Aires, 10 de noviembre de 2010
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